Aspersión con glifosato es inconstitucional: Dejusticia
“Consideramos que el gobierno no ha cumplido las órdenes impuestas por la Corte Constitucional. No se ha presentado, ni mucho menos socializado, el proceso decisorio siguiendo los requisitos de objetividad, imparcialidad y participación en el que se deben evaluar los riesgos planteados por la aspersión aérea sobre la salud humana y sobre el medio ambiente exigido por la Corte”.
Son palabras de Diana Rodríguez Franco, subdirectora de la Dejusticia en su intervención ante la Corte Constitucional, al explicar la inconveniencia e inconstitucionalidad una eventual reanudación de la aspersión con glifosato.
El pronunciamiento es de marzo pasado durante la audiencia de seguimiento al cumplimiento de la sentencia T236 de 2017, en la que se había ordenado reparar a la comunidad de Nóvita, Chocó, por los daños causados por fumigaciones aéreas con glifosato en el 2013. Igualmente, mantener suspendido el Programa de Erradicación de Cultivos ilícitos por medio de aspersiones aéreas en todo el país (PECIG).
En dicha sentencia, explica Dejusticia, “la Corte condicionó la reanudación del programa a la realización de un proceso decisorio en el que, de manera objetiva, imparcial e independiente, se valoraran los riesgos de la utilización del químico en la salud humana y en la estabilidad medioambiental”.
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